En vigor protocolo de acoso sexual en Gobierno

Categoría: Estado Publicado el 24 Marzo 2020
Escrito por ecos

Xalapa, Ver., 24 de Mar (SPI).- A partir de hoy entró en vigor el Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual en la administración pública estatal en Veracruz.

El Protocolo tiene como objeto establecer e implementar las acciones y procedimientos para prevenir, atender, investigar y sancionar el hostigamiento sexual y/o acoso sexual por parte del funcionariado de las dependencias del servicio público.

 

Y es que las conductas de hostigamiento sexual y/acoso sexual constituyen faltas de respeto, diligencia y rectitud hacia las personas, mayormente cuando se tiene relación laboral, actos que atentan contra los valores éticos, los derechos humanos y la integridad física o psicológica de las personas.

Lo anterior constituye una infracción que da lugar a un procedimiento y en su caso, a una sanción, en términos de las disposiciones de responsabilidades administrativas.

La aplicación y observancia del Protocolo (que consta de siete capítulos y 57 artículos) deberá hacerse con los recursos humanos y presupuestarios asignados a las dependencias y entidades de la administración pública estatal (APE), por lo que no implicará erogaciones adicionales.

Las dependencias y entidades informarán a la Comisión dentro de un plazo de 30 días hábiles, esto es el próximo 5 de mayo, la emisión del pronunciamiento de “Cero Tolerancia”; difundir el Protocolo e; iniciar acciones de sensibilización, comunicación y capacitación en materia de hostigamiento sexual y acoso sexual.

El Instituto Veracruzano de las Mujeres (IVM), orientará a las Unidades de Género para la aplicación del Protocolo. También el Instituto deberá en un plano no mayor de 30 días naturales, elaborar un documento administrativo denominado cédula atención, para atender y orientar debidamente a la persona en calidad de afectada, que incluya el formulario de información de forma sensible, confidencial y con perspectiva de género.

Dicha cédula será distribuida a cada Unidad de Género de la APE. Ese mismo documento deberá contener los datos mínimos que requiere el Banesvim.

Dentro del término de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, las dependencias de la APE, deberán adecuar su normativa interna relativa al contenido del presente Acuerdo

Aún más, se integrará una Comisión, cuerpo especializado que coordinará, vigilará e implementará las medidas del citado Protocolo para la prevención, atención y sanción de las conductas de hostigamiento y acoso sexual, en las dependencias gubernamentales.

La Comisión estará presidida por un representante de la Contraloría; una persona del IVM; de la Oficina del Gobernador del Estado, que será vocal; de la Dirección General de Cultura de Paz y Derechos Humanos (vocal) y; un representante de la academia o sociedad civil, espeto en temas de derechos humanos, género y violencia sexual, con experiencia probada mínima de tres años que fungirá como vocal. Todos los cargos serán honoríficos.

Para la elección de la persona representante de la academia o sociedad civil, el IVM emitirá convocatoria pública; de las personas que apliquen para la elección, elegirá a dos que presentará a la persona Titular de la Secretaría de Gobierno, de éstas seleccionará a quien funja como integrante de la Comisión y que durará en el cargo 3 años.