Extienden condonación de tenencia

Categoría: Estado Publicado el 02 Mayo 2020
Escrito por ecos

Xalapa, Ver., 02 May (SPI).- El Gobierno del Estado emitió el Decreto para subsidiar el 100 por ciento del Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículo (Iestuv) para los meses de mayo y junio, como medida de apoyo a los ciudadanos por la contingencia sanitaria generada por el coronavirus.

 

El gobernador de Veracruz Cuitláhuac García Jiménez haciendo uso de sus facultades para condonar o eximir, total o parcialmente el pago de contribuciones, cuando se hubiere afectado o trate de impedir que se afecte la situación económica de algún lugar o región del Estado.

Así como afectación a una rama de la actividad, producción o venta de productos o la realización de una actividad, además en casos catastróficos sufridas por fenómenos meteorológicos o epidemias.

Es así que, actualmente se presenta derivado de la situación de contingencia sanitaria que se vive en el mundo y particularmente en el país y en la entidad veracruzana y así conceder subsidios o estímulos fiscales.

Ante tales circunstancias, el Gobierno del Estado otorgará el subsidio del 100 por ciento del Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, actualización y los recargos que se causen durante los meses de mayo y junio de este año, para los vehículos que residan en la entidad.

Para hacerse acreedor del subsidio, el vehículo debe estar dado de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes; que el propietario del vehículo realice a más tardar el 30 de junio el pago de los derechos de control vehicular a su cargo.

También que el propietario se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales estatales relacionados con el vehículo al momento de recibir el beneficio.

Igualmente, se condonan al 100 por ciento la actualización, los recargos t multas de Derechos de Control Vehicular de personas físicas y morales inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular que se hayan generado por la omisión de pago por conceptos de derechos vehicular de este año del 01 de mato al 30 de junio.

Los pagos efectuados conforme a los beneficios concedidos en el citado Decreto no darán lugar a devolución alguna.

Asimismo, será la Secretaría de Finanzas y Planeación la facultada para la interpretación y aplicación del citado Decreto.